viernes, 17 de enero de 2014

LOS AGRAVIOS COMPARATIVOS



Recientemente, en octubre de 2013, la Generalitat ha elaborado una lista de agravios con el nombre de La deslealtad del Estado respecto a Cataluña, que básicamente describe un conjunto de déficits en inversiones del Estado en Cataluña en aspectos como infraestructuras, cultura, becas y la invasión de competencias por parte del estado en estas y otras competencias.

El "balance de situación" presentado por la Generalidad, agrupado bajo el epígrafe "deslealtades y otros", ofrece un agravio económico cuantificado en un importe total de 9.375,7 millones de euros.

A su vez, la Conselleria de Presidencia y la Societat Catalana d'Estudis Històrics, filial del Institut d'Estudis Catalans (IEC), está elaborando un documento de mano de Jaume Sobrequés, director del Centro de Historia Contemporánea de Catalunya, usando la fuente del BOE, que listará el conjunto de agravios históricos de España con Cataluña. Sobrequés expresaba: “Ya llevamos 60 folios a razón de 20 puntos por página”.

La Generalitat insiste en usar el término “agravio comparativo”. Pero para argumentar un agravio necesariamente se han de relativizar los hechos con respecto a los ocurridos a sus iguales, y es aquí donde especialmente suele fallar la Generalitat.

Si hiciesen lo anterior, difícilmente encontrarán agravios históricos del Estado contra Cataluña. Durante toda la época Austracista, especialmente desde la derrota de los comuneros castellanos por Carlos I en 1521, en palabras de Gonzalo Martínez Díez, catedrático de Historia del Derecho Español, 1976,  "el peso fiscal de la Monarquía se vuelca casi exclusivamente sobre Castilla, sistemáticamente exprimida... por los desproporcionados impuestos de los que se verán libres los otros reinos…”.

El desequilibrio fiscal por habitante en contra de la Corona de Castilla con respecto a la de Aragón varió entre cifras de un 400% superior en 1553, a un 838% en 1623 y hacia 1833, si cada castellano pagaba 29,5 reales, los de la corona de Aragón pagaban 11,5.
http://www.ehu.es/ituna/pdf/ConciertoParaTodos.pdf

Muchos académicos como Emiliano Fernández de Pinedo y Manuel González Portilla ambos de la Universidad del País Vasco o el Dr. Ubaldo Gómez de la Universidad de Oviedo, prueban que el déficit en el desarrollo industrial castellano en los s. XVIII y XIX se debe a esta excesiva carga fiscal en sus industrias, que la acabaron llevando a la quiebra. 

El simposio histórico “España contra Cataluña” organizado recientemente por la Generalitat, incluye una conferencia titulada "El catastro: el arranque del expolio económico: siglo XVIII".

Pero contradictoriamente, la propia web de la Generalitat de Cataluña, en su sección de historia dedicada al s. XVIII y a las reformas introducidas por los Borbones, considera “claves otras medidas reformadoras, como el nuevo impuesto único del catastro y el decreto de libre comercio” para el resurgimiento económico de Cataluña.

Un gran trabajo elaborado por Eduardo Escartin, de la universidad de Barcelona, titulado El Catastro catalán: teoría y realidad, indica que en 1786-87 en Barcelona se consideraba que el Catastro era demasiado gravoso y por lo tanto injusto, Madrid, por el contrario, pensaba que era muy ajustado a la riqueza del País y que era proporcional a la riqueza del Principado. Sesenta y seis años mas tarde las posiciones se habían invertido, Barcelona lo consideraba adecuado como imposición directa a sus riquezas y Madrid creía que era injusto dado que no gravaba en la proporción que marcaba el propio impuesto la riqueza del país, la cual había crecido enormemente desde que se fijó la cifra de los 900.000 pesos.

Cierto es que los catalanes no estaban acostumbrados a estas cargas fiscales que solo soportaban los castellanos y andaluces, y aún con el catastro, hasta la reforma tributaria de Alejandro Mon en 1845, no se unificaría tributariamente a Castilla con la antigua Corona de Aragón, pero ya era demasiado tarde para los castellanos. 

Olvidándonos del pasado, trataremos de centrarnos ahora en el presente.

Bien, la primera partida y más importante de la lista de hipotéticos agravios son 5.748 millones de euros a los que, según la Generalidad, asciende la "inversión comprometida y no realizada, entre las que estaría el incumplimiento de la Disposición Adicional Tercera" del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Pero el documento olvida que el Tribunal Constitucional, en su sentencia de junio de 2010
sobre el Estatuto, estableció que esa disposición -que plantea que las inversiones en infraestructuras por parte de la Administración General del Estado en Cataluña sean proporcionales al porcentaje del PIB de Cataluña respecto al total nacional- no es vinculante. El propio portavoz de la Generalidad, el Sr. Homs, tuvo que admitir que la Disposición Tercera no es de obligado cumplimiento.

El resto de inversiones "comprometidas y no realizadas" corresponderían a infraestructuras planificadas y todavía no ejecutadas por el Ministerio de Fomento en las redes viarias y ferroviarias, sin que el informe entre en detalle.

La segunda partida con más peso en la lista de "deslealtades" se refiere al "despliegue de la ley de la dependencia". En concreto, cuantifica la deuda del Estado acumulada entre 2008 y 2013 en 909,8 millones de euros.

Pero de nuevo este no es un agravio comparativo, pues este recorte lo han padecido de forma proporcional todas las CCAA, a causa de la reducción de los Presupuestos Generales del Estado en ese período.

La tercera partida por volumen en la lista de agravios son los 866 millones de euros que la Generalidad calcula que dejará de ingresar en 2013 por la suspensión del impuesto sobre los depósitos bancarios.

Esta partida en los supuestos agravios es una gran jugada de la Generalitat al Gobierno central. En noviembre de 2012, el Tribunal Constitucional sentenció que el impuesto sobre depósitos bancarios establecido por la Asamblea autonómica de Extremadura en 2012 era constitucional, en tanto en cuanto no existía otro impuesto similar a nivel nacional, en cuyo caso, este último prevalecería sobre el autonómico.

Tras conocerse la sentencia, y a la vista de que Andalucía y Canarias habían establecido un impuesto similar, y de que el de Asturias estaba iniciando los trámites para ello, el
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas decidió unificar de forma homogénea en toda España esta figura tributaria, siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea. Anunció que establecería de forma inmediata un impuesto nacional sobre depósitos bancarios con un tipo del 0%, que sustituiría al de las CCAA que ya lo tenían, y como marca la ley, las CCAA que ya lo tenían, deberían ser compensadas por el Gobierno en proporción a la pérdida de estos ingresos previstos.

Sabiéndose esto, la Generalidad aprobó con "carácter excepcional y urgente" un Decreto ley para implantar su propio "impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito" con carácter retroactivo de unas semanas antes de la entrada en vigor del impuesto del Gobierno. Podría reclamar así una compensación por su supresión valorada ahora por la Generalitat en 866 millones de euros.

Únicamente las tres partidas anteriormente detalladas suman 7.523,8 de los 9.375,7 millones reclamados, esto es, el 80,2% del supuesto agravio "respecto a Cataluña".

Después existen otro conjunto de partidas menores en esta supuesta lista de agravios comparativos que no resultan tales. Por ejemplo, la suspensión de la tasa farmacéutica (conocida como "euro por receta"), cuantificado con un decremento en los ingresos de la Generalitat de 198 millones de euros, pero que en las dos únicas CCAA que trataron de aplicarla, también Madrid, el Tribunal Constitucional la suspendió.

Algunos de estos supuestos agravios invitan a la hilaridad, como reprochar que el gobierno destine parte de sus gastos para abonar el IVA sobre obras públicas a los gobiernos que las ejecutan, o los cálculos para valorar la incidencia negativa de las normas nacionales en los presupuestos de la Generalidad. 

Todos estos agravios se encuentran entre las quejas que la Generalitat esgrime contra el Estado desde hace años. Duran i Lleida ya expresaba en septiembre de 2012 un memorial de agravios en su carta semanal, expresando la deslealtad del gobierno contra el Estatut, los déficits en las infraestructuras catalanas, las políticas invasivas del Estado en las competencias transferidas o el incumplimiento de ciertas transferencias como la gestión de las becas estatales. Con ello Duran explicaba que si “no permitieran que en Catalunya paguemos más por todo, seamos solidarios y recibimos menos a cambio, no habría un deseo generalizado de expresar que ya basta".

Este parece ser el sentimiento generalizado entre la sociedad catalana. Son estos agravios los que para un buen número de políticos catalanes, entre ellos el mismo presidente de la Generalitat, Artur Mas, así como según las estadísticas, a la mitad de la sociedad catalana, justifican la intención de secesionar Cataluña.


La realidad es, como recientemente comentaba el presidente de la CEOE, Juan Rosell, si una lista de agravios se analizara en todos "los rincones de España" la lista de agravios no se acabaría nunca. Pero a buena parte de la sociedad catalana se le ha convencido, no solo de la existencia de este perjuicio del Estado con Cataluña, sino que siendo independientes estarían mejor.